Si tienes dudas sobre la documentación necesaria para caravanas y remolques quizá este artículo te las resuelva. Es una de las dudas más frecuentes y vamos a tratar de dar unas pinceladas al respecto.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que a este respecto la normativa deja bastante claro cuál es la documentación de la que ha de disponer un remolque o semirremolque y con la que debe contar el propietario del mismo.
En este sentido, el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos hace diferenciaciones en función de la MMA (Masa Máxima Autorizada para la utilización de un vehículo con carga en circulación por las vías públicas.
MMA Inferior o igual a 750 Kg.
Para los remolques o semirremolques inferiores o iguales a una MMA de 750 Kg., la norma, en el punto 5, del artículo 9, viene a decir que:
“Las caravanas y remolques ligeros estarán dotados de una tarjeta de inspección técnica, expedida de acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación vigente que se recoge en el anexo I.”
Mencionando explícitamente a las caravanas.
Pero, es que, en su artículo 26, Documentación de los vehículos, en su punto 1, apartado C, además de volver a insistir en este aspecto, la norma especifica:
“En los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastran remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos, la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente.”
Así, no basta sólo con la tarjeta técnica del remolque, sino que además debe incorporarse a la tarjeta técnica del vehículo los datos del sistema instalado para el acoplamiento del remolque y que éste sea compatible con aquel.
MMA Superior a 750 Kg.
La obligación de la tarjeta de inspección técnica es aplicable también en estos casos, al igual que el referente al sistema instalado para el acoplamiento pero, además, la norma establece que para remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos, será preciso matricularlos y llevar una placa de matrícula independiente de la del vehículo.
“Art.25.
- Para poner en circulación vehículos de motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos, será preciso matricularlos y que lleven las placas de matrícula con los caracteres que se les asigne […]”
ITV Periódicas
Es en el Real Decreto 711/2006, de 9 de junio, por el que se regula con sus modificaciones la inspección técnica de vehículos, donde queda establecido, en su artículo uno, la frecuencia con la que los vehículos harán la inspección técnica periódica y concretamente para las caravanas dice:
“Caravanas remolcadas de MMA > 750 kg.
Antigüedad:
Hasta seis años: exento.
De más de seis años: bienal.”
Nada dice de aquellas cuya MMA se inferior a 750 Kg. Así pues, se entiende que éstas no requieren pasar la ITV periódicamente.
Por tanto, a efectos de documentación sólo será necesaria la correspondiente a la ITV para caravanas o remolques con MMA superior a 750 kilogramos.
El Seguro de la Caravana
Una vez más, la MMA va a marcar la diferencia. Y en este sentido para aquellas caravanas o remolques inferiores o iguales a 750 kilogramos, no es necesaria una póliza individual, si bien debes de comunicárselo a la compañía de seguros de tu automóvil a fin de ponerlo en su conocimiento y evitar en caso de accidente tener algún problema y quedar cubierto con el seguro del vehículo. Si bien es cierto que, algunas compañías de seguros cobran una pequeña cantidad.
Para las caravanas superiores a 750 kg. hay que hacer una póliza independiente a la del vehículo.
Hemos elaborado el cuadro de arriba para que de un vistazo se pueda tener una visión más clara de este asunto.
Esperamos que tanto el artículo como la imagen te hayan servido de ayuda.
Impuesto de Circulación para Caravanas
A los efectos de este impuesto, no tienen que pagarlo los remolques y semirremolques con capacidad de carga no superior a 750 Kg.
Ojo, no está refiriéndose a la MMA sino a la capacidad de carga, que es la diferencia entre MMA y la Tara.
Si estas mirando este artículo por que andas buscando comprarte una caravana te aconsejamos leas el artículo Caravanas o Autocaravanas, qué elegir.
Buenas tardes, os agradezco de antemano si alguien puede darme una respuesta sobre éste asunto.
Necesito saber si para circular con la caravana es imprescindible tener una factura de compra además de la correspondiente ficha tecnica.
Un saludo y muchas gracias.
Hola Ángeles,
En el caso de una Caravana que supere los 750Kg al matricularla en tráfico ya figurarán tus datos por lo que tu nombre figurará en la documentación de la misma.
En el caso de las Caravanas inferiores a 750Kg, el único documento que demostraría que es de tu propiedad es la factura o el contrato de compra venta. Si bien, no es un documento que suelan pedir y tampoco tenemos constancia exista normativa que obligue a portarlo.
Caso distinto es, como bien dices, la ficha técnica que es obligatoria llevarla cuando circulemos con la Caravana.
En este tipo de dudas hay que diferenciar entre: lo que los agentes de la autoridad te solicitarán para comprobar que la Caravana cumple con lo establecido en la Ley en cuanto a requisitos para su circulación, que es en verdad lo que les preocupa y la titularidad/propiedad del bien, que a efectos de seguridad vial no tiene sentido y en todo caso, siempre habrá un momento para aportar la documentación pertinente que demuestre nuestra titularidad en el caso de ser requerida.
Esto, obviamente, no quita que siempre conserves la factura o el contrato de compra-venta.
Esperamos haberte resuelto la duda.
Saludos
he perdido la documentacion de mi remorque COMO PUEDO HACER UNA NUEVA
Contacta con el fabricante y solicita una ficha técnica reducida. Una vez la tengas acude a la ITV para solicitar la Tarjeta de Inspección Técnica.
Buenas. Al estar mirando caravanas. Me encontré con un vendedor q me dice q no tiene documentación. Pero q el circula con el contrato de compraventa y le sirve.
Creo q no es así, y además tendría problemas en la ITV, ya q es de más de 750kg.
Pero me lo podrían confirmar. Así como también vi con documentación extranjera. Pero tengo dudas?
Gracias
Hola Alain,
Lo que crees es lo correcto. El contrato de compra venta es un documento privado que nada tiene que ver con la documentación necesaria, asi que, no hay excusas, la normativa es muy clara; ficha técnica y si es mayor de 750Kg ITV, todo lo demás no cumple con la normativa.
He comprado una caravana, el antiguo propietario me ha dado la ficha tecnica, dice que no pasa itv ni hay que hacerle seguro(vamos que es ligera), pero hoy cuando me ha dado la ficha tecnica pone de tara 840kg lo que quiere decir k pasa en 90kg. Se lo he comentado y sigue diciendome k es ligera. Vosotros sabrias decirme si el hombre tiene razon o que puedo hacer? El dice que la ficha tecnica es lo unico que tiene. Es una Roller de 1992. La verdad que no es muy grande pero en la tara pone eso 840
Hola Joaquin,
te hemos respondido por email.
Soy el propietario de una caravana Roller Roma, de la cual dispongo de la ficha de fabrica que indica todos los datos técnicos. He solicitado al fabricante/distribuidor una ficha técnica reducida o número homologa ion, con el cual en la itv me harían la ficha técnica. El fabricante me responde que por la antigüedad de dicha caravana no es posible homologar y con la documentación que dispongo es legal circular. Esto es as? O es obligatorio ficha técnica? Me indican Itv tendría que homologarcon un informe de laboratorio y el coste en muy importante. Podéis orientarme. Gracias.
Hola Antonio,
comienzo por el final de tu comentario. Sí, es obligatorio ficha técnica y si la CV pesa más de 750kg también ITV. Por otro lado no entiendo la respuesta del fabricante ¿por qué te dice que por la antigüedad de la caravana no es posible homologar? ¿No estaba homologada? Como bien indicas, bastaría el número de homologación, ficha de fabrica (característcas técnicas) y solicitar copia.
Si la caravana es muy antigua, averígua si disponía de la antigua tarjeta o si existe registro de circulación de la misma. Quizá por ahí pudieras conseguir algo.
Espero lo resuelvas. Si lo consigues cuéntanoslo para que otros usuarios sepan como actuar.
Un saludo.
Hola,
tengo una duda sobre caravanas con MMA inferiores a 750kgs. Queremos comprar una pero dice el propietario que no tiene documentacion. Significa eso que no tiene ni ficha técnica con las propiedades de la caravana ni tampoco tiene la ficha de inspeccion técnia (ITV)?
Hemos contactado con diferentes empresas que homologan tu caravana y te piden fotos, datos del bastidor, del freno, distribucion, etc… pero…con esta homologación que consigo? La ficha técnica?
Despues de obtener esta homologacion tenemos que pasar por la ITV para que nos den la ficha de inspección técnica o una vez homologado ya tenemos tanto la ficha técnica como la ficha de inspección?
Resumiendo, necesito tener 2 fichas: dócumentacion técnica e inspeccion técnia para poder circular? Homologar significa obterner estas 2 fichas o solo una de ellas?
Gracias de antemano,
Las Caravanas inferiores a 750Kg no necesitan ni tienen que pasar Inspección Técnica, lo que se conoce como ITV. Sin embargo, sí tienen que disponer de la ficha técnica. Si el propietario te está diciendo que no dispone de documentación, entiendo que se está refiriendo a esto.
Saludos
HOLA TENGO LO QUE ES LA BASE CON LAS RUEDAS DE UNA CARAVANA, PODRIA HACERME UN REMOLQUE .
Hola Jose Manuel,
Con esos datos no podemos darte una respuesta.
Lo mejor es que acudas a una ITV, comentes qué es lo que tienes (recuerda documentación, etc) y que allí te digan si luego podrá pasar inspección. O que vayas a una empresa de restauración/reparación de caravanas y preguntes.
Saludos
Hola! He visto un anuncio de una caravana plegable que me interesa pero dice no tener documentación, entiendo que es ligera y se refiere a la ficha tecnica, donde puedo conseguir la ficha técnica y si con eso bastaría para circular legalmente? Muchas Gracias
Hola Diego.
Lo primero es que confirmes pesa menos de 750kg (más que nada para saber si tienes que pasar ITV). En cuanto a la documentación pregunta al fabricante si no obtienes la ficha técnica de ellos al menos solicita una ficha técnica reducida. Una vez la tengas acude a la ITV para solicitar la Tarjeta de Inspección Técnica.